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Jueves, 25 de Abril
- 2024
ARQUITECTURA
 
DEMANDA ARQUITECTURA (Sevilla, Sevilla) 0003235762 Hace 3 meses

ESTUDIO BARRERAS ARQUITECTóNICAS-SE

Si su edificio o vivienda no es accesible a causa de barreras arquitectónicas arquitectos podemos ayudarle. *¿qué es una barrera arquitectónica?: debemos entender el concepto de barrera arquitectónica como cualquier obstáculo que limíte el acceso, la libertad de movimiento o la circulación con seguridad de las personas. el artículo 49 de la constitución española establece que los poderes públicos han de integrar a las personas con discapacidad. además, el artículo 47 especifíca el derecho de disfrutar de una vivienda digna y adecuada. de manera más específica, la ley 8/2013 de 26 de junio de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, establece la la eliminación de barreras arquitectónicas con el fin de asegurar la accesibilidad d personas con movilidad reducida o discapacidad. *¿quién puede realizar este estudio?: la normativa establece que deberá realizarlo un técnico competente, como un arquitecto. *¿en qué casos puede aplicarse?: edificios de viviendas, interior de viviendas, edificios comerciales, oficinas. *¿qué tipo de trabajos pueden realizarse?: -1) barandillas: antepecho de balaustres de madera, hierro, bronce u otro y de los barandales, utilizado para balcones, pasamanos de escaleras y división de piezas. -2) rampas: plano inclinado para subir y bajar, evitando el acceso por el tramo escalonado, facilitando el acceso a personas de movilidad reducida. -3) sillas salvaescaleras: silla mecanizada como sistema elevador para subir y bajar tramos del trazado de la escalera, para su uso por una persona de avanzada edad, con discapacidad o movilidad reducida, pero no para silla de ruedas. -4) plataformas elevadoras inclinadas (salvaescaleras): facilitan el desplazamiento vertical de usuarios de silla de ruedas y de movilidad reducida, siguiendo el trazado de la escalera en la que se instale. están previstos para su uso por una única persona. -5) plataformas elevadoras verticales: facilitan el desplazamiento vertical de los usuarios de silla de ruedas y de las personas con movilidad reducida. son para alturas inferiores de 3 metros, que sirve para subir y bajar salvando una altura de manera accesible. -6) instalación de un ascensor: máquina elevadora para trasladar a personas de un piso a otro, salvando así tramos de escalera para llegar a la cota de vivienda y facilitar la accesibilidad a personas. las dimensiones de la cabina deberán cumplir las medidas del db sua para personas en silla de ruedas. -7) adecuación de un ascensor existente: cuando se modifiquen ascensores en edificios para hacerlos accesibles, sus características deben aproximarse a las de los ascensores accesibles del anejo a del db sua y norma une en 81-70 vigente, o si no, a las condiciones de la tabla b.1. la norma une-en 81-82 contiene recomendaciones para este objetivo. para contactar y recibir su presupuesto, pueden hacerlo en el whatsapp: 652452040 y/o el e-mail: m3acis@outlook.es le esperamos, que tengan un buen día. -SE

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